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¿Qué es la escritura de compraventa?

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La escritura de compraventa es el documento público que formaliza legalmente la transmisión de un inmueble ante notario. Es un paso obligatorio para inscribir la vivienda a tu nombre en el Registro de la Propiedad y tener plenas garantías jurídicas como nuevo propietario.

¿Qué es la escritura de compraventa?

Este documento debe contener la siguiente información esencial:

Identificación de las partes

  1. Datos personales del vendedor y del comprador.
  2. Estado civil y régimen económico matrimonial (si aplica).
  3. Representación legal si actúan apoderados o tutores.

Descripción del inmueble

  1. Dirección completa, referencia catastral y uso (vivienda, garaje, trastero…).
  2. Superficie útil y construida.
  3. Linderos, anejos y características físicas.
  4. Estado de cargas (si está hipotecado o libre de deudas).
  5. Título de propiedad del vendedor (cómo y cuándo adquirió el inmueble).

Precio de compraventa

  1. Importe total, forma y plazos de pago.
  2. Si se realiza transferencia, cheque o subrogación hipotecaria.
  3. Indicación de si el precio es con o sin impuestos incluidos.

Manifestaciones y declaraciones

  1. Certificado de eficiencia energética.
  2. Situación urbanística.
  3. Declaración de que no existen deudas de comunidad o IBI (o su asunción).

Formalización ante notario

Es importante revisar este documento ante notario antes de firmar. El notario se encarga de explicar todo su contenido de forma clara y sencilla al comprador y al vendedor. Comprueba los datos del piso, si hay deudas por el inmueble, impagos de la comunidad de vecinos, si está inscrito en el Catastro y en el Registro de la Propiedad o si tiene alguna limitación para venderse. Además, le otorga validez legal para poder ser usado en juicio.

No obstante, existen algunos detalles que el notario no puede comprobar, por ejemplo: si el inmueble está bien o mal conservado, que haya vecinos ruidosos o que tenga de alta los suministros.

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Fuente: información elaborada por el Portal Estadístico del Notariado a partir de criterios legales vigentes y fuentes oficiales como el Consejo General del Notariado, el Banco de España, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y otras entidades públicas y financieras con competencias en materia inmobiliaria y fiscal y adheridas al Código de Buenas Prácticas bancarias.